Hoy 10 de diciembre de 2019 se celebra el Día Internacional de los Derechos Humanos, en este día se conmemora la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1948. Mucho ha llovido desde entonces y mucho se ha avanzado, pero aún queda mucho camino por recorrer.
Desde la aparición del hombre ha sido muy frecuente los actos de barbarie, crueldad y maldad. Siendo habitual el trato inhumano que el propio hombre ha hecho a sus propios semejantes. Esto es algo que sucedió de forma muy frecuente en las distintas civilizaciones del mundo antiguo, especialmente para los que fuesen presos o esclavos. En Grecia y Roma se reservaba la tortura sólo para los esclavos, si bien en la época imperial se establecieron casos en los que los ciudadanos del imperio podían ser sometidos a tortura. Con la llegada de la Edad Media y la desaparición del Imperio Romano de Occidente, la tortura fue empleada como una institución procesal para la búsqueda de la verdad, obviamente este sistema era un auténtico horror y además poco efectivo, como decía Séneca “el dolor hasta a los inocentes obliga a mentir.” El mayor exponente de la tortura fue, sin duda el Tribunal de la Santa Inquisición, que castigaba la herejía o los que pensasen de manera distinta a la Iglesia Católica.
Fueron pasando los siglos y en el ámbito del Derecho Penal, las acusaciones eran arbitrarias y el trato a los que eran condenados era bastante cruel. Su bien se hicieron ciertos avances, así en Inglaterra se aprobó en 1679 la Ley de Hábeas Corpus que estableció ciertas garantías a los detenidos para evitar que se produjesen abusos y la Declaración de Derechos de 1689. Pero fue con la publicación en 1764 del ensayo jurídico “De los delitos y la penas” de Cesare Beccaria, cuando se empezó a dar un paso hacia un proceso penal más justo y a un trato más humanitario a los condenados, pues se establecieron principios básicos del proceso penal y se formuló el principio de legalidad, que establece que no puede sancionarse una conducta si no hay una ley que previamente lo establezca.
Pero se empezaron a dar más pasos, así en 1776 se aprobó la Declaración de Derechos de Virginia y tras la Declaración de Independencia de Estados Unidos el 4 de julio, se aprobó su Constitución en 1787, claros antecedentes que influyeron en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa en la Revolución Francesa el 26 de agosto de 1789, que proclamaba los principios de liberad, igualdad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.
Por otro lado y en el ámbito del trabajo, tras la Revolución Industrial, los medios de producción cambiaron, los artesanos dejaron de tener sentido y empezó la era de los trabajadores asalariados que prestaban su servicio en la industria en unas condiciones lamentables llegando a unas condiciones de vida inhumanas.
Todo esto provocó múltiples reacciones y así se fueron haciendo intentos para mejorar los derechos de las personas, pero fue tras la Segunda Guerra Mundial, cuando se dio un paso de gigante en la lucha por los derechos humanos, pues la Asamblea General de la ONU aprobó en 1948 la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, en la votación la Unión Soviética y los demás países del Europa del Este se abstuvieron. En 1950 la ONU aprobó la resolución 423 (v) en la que invita a los Estados y organizaciones para que celebren el 10 de diciembre como el Día de los Derechos Humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece una serie de derechos y principios que enumeramos aquí de forma resumida:
+ Los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
+ Toda persona tiene derecho a no sufrir discriminación por razón de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
+ Se reconoce el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona.
+ Se prohíbe la esclavitud y servidumbre, la tortura, la pena o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
+ Se reconoce que todo ser humano tiene derecho a la personalidad jurídica, la igualdad ante la ley.
+ Se reconoce el acceso a los Tribunales y a ser oído públicamente ante ellos. Y se prohíbe la detención, la prisión y el destierro acordados de forma arbitraria.
+ Se reconoce la presunción de inocencia y el principio de legalidad.
+ Se prohíbe las injerencias arbitrarias en la vida privada, familiar y en el propio domicilio.
+ Se reconoce la libertad de circulación, el derecho a elegir residencia en el territorio de un Estado, el derecho de salir de cualquier país, incluido el propio, así como regresa al mimo. El derecho de asilo y el derecho a tener nacionalidad
+ Se reconoce el derecho a contraer matrimonio y a fundar una familia.
+ Se reconoce el derecho a la propiedad, a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, a la libertad de opinión y de expresión.
+ Se reconoce el derecho a la libertad de reunión y de asociación, a participar en el gobierno de su país y en las funciones públicas.
+ Se reconoce el sufragio universal y el voto secreto.
+ Se proclama el derecho a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de los individuos.
+ Se reconoce el derecho a la seguridad social, al trabajo, a una remuneración equitativa y satisfactoria, a sindicarse, al descanso, tiempo libre y vacaciones pagadas.
+ Se reconoce el derecho a la salud, al bienestar, a la alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica servicios sociales, así como a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudedad y vejez.
+ Se otorga especial protección a la maternidad y a la infancia.
+ Se reconoce el derecho a la educación, a que sea gratuita y dispense el pleno desarrollo de la persona. Se proclama que los padres tendrán derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a los hijos.
+ Se reconoce la propiedad industrial e intelectual y el derecho a participar en la vida cultural.
+ Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
+ Se establece que toda persona tiene deberes respecto a la comunidad y que en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades todas persona estará solamente sujeta a las limitaciones que establezca la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos ha servido de base para posteriores textos, en primer lugar para el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobados en el año 1966 por la Asamblea General de la ONU.
En el ámbito europeo destaca el Convenio Europeo de Derecho Humanos de 4 de noviembre de 1950, que estableció un mecanismo de protección de los derechos humanos mediante la creación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En España la Declaración Universal de los Derechos Humanos ha tenido una gran influencia en la Constitución de 1978, que establece un amplio catálogo de derechos fundamentales y libertades públicas susceptibles de protección ante el Tribunal Constitucional una vez agotada la vía judicial. Además en el artículo 10.2 se establece que “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.”
Desde que se aprobó la Declaración hasta el día hoy se han hecho grandes avances en el reconocimiento y protección de los Derechos Humanos, pero a día de hoy una parte importante de la población mundial sigue sufriendo abusos intolerables cuya solución aun está lejos de llegar.
Este es un día en el que los operadores jurídicos debemos tomar conciencia de la realidad social y debemos realizar nuestro trabajo sin perder la perspectiva de esta Declaración, pues mediante nuestra labor defendiendo a nuestros clientes y la de los propios Tribunales es como mejor se puede garantizar la protección de los Derechos Humanos.