La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dictó la resolución de 30 de marzo de 2020 por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, conocido anteriormente como el baremo de accidentes de tráfico 2020.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicó en su misma web http://www.dgsfp.mineco.es/ estas cuantías indemnizatorias que estarán vigentes durante el año 2020. Dichas cuantías se han revalorizado en un 0,9 %, en aplicación del artículo 49.3 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCVM).
Además también se publican las tablas 2.C.3, 2.C.7 y 2.C.8, utilizando el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2020 para el cálculo de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 125.3 y 130 c) y d) de la LRCSCVM. Debe tenerse en cuenta que este baremo suele utilizarse por jueces y magistrados de forma análoga para valorar la responsabilidad civil daños personales derivada del delito por daños personales en otros muchos procedimientos penales.