BAREMO 2020: INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE – TABLA 1.B Perjuicio personal particular

INDEMNIZACIONES POR CAUSA DE MUERTE

TABLA 1.B

PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR

 

 

PERJUICIOS PARTICULARES

Incrementos

sobre perjuicio personal básico

1. Discapacidad  física o psíquica del perjudicado previa o a resultas del accidente.

Del 25% al 75%

2. Convivencia del perjudicado con la víctima.

A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años.

31.324,51 €

A cada abuelo, en su caso.

10.441,50 €

A cada hijo que tenga más de 30 años.

31.324,51 €

A cada nieto, en su caso.

7.831,13 €

A cada hermano que tenga más de 30 años.

5.220,75 €

3. Perjudicado único de su categoría

25%

4. Perjudicado único familiar

25%

5. Fallecimiento del progenitor único

A cada hijo que tenga hasta 20 años

50%

A cada hijo que tenga más de 20 años

25%

6. Fallecimiento de ambos progenitores en accidente:

A cada hijo que tenga hasta 20 años

70%

A cada hijo que tenga más de 20 años

35%

7. Fallecimiento del único hijo

25%

8. Fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto:

Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación

15.662,25 €

Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación

31.324,51 €

9. Perjuicio Excepcional

Hasta 25%

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